HORAS EXTRAS

                                                      SOBRE LAS HORAS EXTRAS







                                         https://www.youtube.com/watch?v=keyJAykIRSA
                                         https://www.youtube.com/watch?v=Z_hMGh9oDzs
Antes del gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez, las horas extras o recargo nocturno comenzaba a las 6:00 p.m. e iba hasta las 6: a. m. en ese gobierno el horario fue modificado mediante la ley 789 del 2.002, determinando que el horario ordinario iba de las 6:00 de la mañana Hasta las 10:00 de la noche, además  rebajó el pago de horas extras y festivos.
En el actual gobierno la ley 1846, dispone que el recargo nocturno se empezará a contar a partir de ahora desde las 9:00 de la noche y no desde las 10:00 de la noche, como estaba vigente.

La norma, que modifica los artículos 160 y 161 del Código Sustantivo del Trabajo, estipula entonces que la jornada diurna operará desde las 6:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche y la jornada nocturna será desde las 9:00 de la noche hasta las 6:00 de la mañana. 
Así las cosas, el recargo del 35 por ciento se pagaría, por hora trabajada, a partir de las 9 p. m. por ende, el nocturno será aquel que se lleve a cabo a partir de las 9 p. m. hasta las 6 a. m

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